23 MARZO
¿CUÁLES SON? Un contrato, es un acuerdo o convenio de dos partes de lo que se debe cumplir del que trabaja y el que remunera. Estas remuneraciones son consideradas en el finiquito o liquidación. Estas son obligatorias donde haya un contrato o por tiempo indefinido.
Existen prestaciones adicionales o superiores extras a las que marca la ley.
LFT: Toda persona que realice un trabajo subordinado para una persona física o moral mediante el pago de un salario tiene derecho a prestaciones laborales.
1. Jornada laboral establecida. Especificado en el contrato de tipo, diurna 8 hrs., mixta 7.5 hrs. o nocturna 7 hrs. Si se excede, son horas extras.
2. Descansos y rimas dominicales. En jornadas continuas debe tener media hora de descanso, break u hora de comida con goce de sueldo. Por cada 6 días de descanso se descansa uno (Domingo) si se trabaja obtienes algo extra y un 25% sobre prima dominical. Días de descanso por ley.
3. Vacaciones y prima vacacional. Días con goce de sueldo dependiendo los años laborados. La prima es de 25% del salario.
4. Aguinaldo. Pago de 15 días mínimo de salario a más tardar el 20 de diciembre o lo proporcional por si no fue concluido.
5. Capacitación. Capacitado de acuerdo del puesto desarrollado dentro de la jornada laboral.
6. Licencia por maternidad u hora de lactancia. Una hora libre de jornada a mujeres con bebés o llegar a un acuerdo con este fin.
7. Licencia por adopción. 6 semanas después de la adopción.
8. Licencia por paternidad. 5 días después del nacimiento.
9. Reparto de utilidades PTU. Recibir una parte de la ganancia obtenida del patrol del año anterior por la actividad de la empresa.
PRESTACIONES DE LEY EN MÉXICO
¿CUÁLES SON? Un contrato, es un acuerdo o convenio de dos partes de lo que se debe cumplir del que trabaja y el que remunera. Estas remuneraciones son consideradas en el finiquito o liquidación. Estas son obligatorias donde haya un contrato o por tiempo indefinido.
Existen prestaciones adicionales o superiores extras a las que marca la ley.
LFT: Toda persona que realice un trabajo subordinado para una persona física o moral mediante el pago de un salario tiene derecho a prestaciones laborales.
1. Jornada laboral establecida. Especificado en el contrato de tipo, diurna 8 hrs., mixta 7.5 hrs. o nocturna 7 hrs. Si se excede, son horas extras.
2. Descansos y rimas dominicales. En jornadas continuas debe tener media hora de descanso, break u hora de comida con goce de sueldo. Por cada 6 días de descanso se descansa uno (Domingo) si se trabaja obtienes algo extra y un 25% sobre prima dominical. Días de descanso por ley.
3. Vacaciones y prima vacacional. Días con goce de sueldo dependiendo los años laborados. La prima es de 25% del salario.
4. Aguinaldo. Pago de 15 días mínimo de salario a más tardar el 20 de diciembre o lo proporcional por si no fue concluido.
5. Capacitación. Capacitado de acuerdo del puesto desarrollado dentro de la jornada laboral.
6. Licencia por maternidad u hora de lactancia. Una hora libre de jornada a mujeres con bebés o llegar a un acuerdo con este fin.
7. Licencia por adopción. 6 semanas después de la adopción.
8. Licencia por paternidad. 5 días después del nacimiento.
9. Reparto de utilidades PTU. Recibir una parte de la ganancia obtenida del patrol del año anterior por la actividad de la empresa.
10. Prima
de antigüedad. Aplica con 15 años de trabajo, recibe un pago de 12 días de
salario cada año.
11.
Seguridad social. Incluye familia y el
trabajador, conocido en México como IMSS brindando todos sus servicios durante
el tiempo que esté trabajando y el patron irá haciendo las aportaciones
necesarias.
Prestaciones
superiores: Como más días de vacaciones, mayor porcentaje de prima vacacional o
más días de aguinaldo, asegurados en hospitales privados, seguro de vida,
vales, fondo de ahorro, transporte, descuentos, alimentos, estacionamiento,
prestamos con bajo interés o créditos, becas, guardería, clubs, rifas, entre
otros.
o
Lau Megu, Prestaciones de ley en México ¿Las
conoces? / Lau Megu (4 abr. 2018) https://www.youtube.com/watch?v=zDvzptx_8NA&feature=youtu.be&fbclid=IwAR030AehnrS0tuLrLR3R_MLwrbpElOYyqw4-CCcSCYnbRMZy5mhlzwsqUMI
o
WEBelievers. Prestaciones laborales (México) (18
agosto 2017) Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=_2QohztR29c&feature=youtu.be&fbclid=IwAR1PA9EXTbo4WV2M3QbEsUi34Zopb3I9rJhoGqNFSshOz5WebW0INbIBfjg
Comentarios
Publicar un comentario